Importe Adjudicado
826.445,00 €
Presupuesto Base
826.445,00 €
Valor Estimado
826.445,00 €
Licitadores
1
⚠ Sin concurrencia
Datos Generales del Expediente
- Nº Expediente
- 370/2025/CMA
- Tipo de Contrato
- Servicios
- Procedimiento
- Negociado con publicidad
- Estado
- Resuelta
- Última Novedad
- Formalización
- Tramitación
- ⚡ Urgente
- Regulación Armonizada
- Sí — Contrato SARA
- Duración
- —
- Lugar de Ejecución
- Melilla
- Subtipo de Contrato
- 13
- CPV
- 79341400
- Licitadores
- 1
- Presentación de Ofertas
- Electrónica
- Ofertas de PYMEs
- —
- Tipo de Garantía
- 2
- % Garantía
- 5%
- Medios de Publicación
- Perfil del contratante
- Financiación UE
- 🇪🇺 Sí — Fondos Europeos
- Fuente Original (PLACSP)
- Ver expediente en la Plataforma de Contratación del Sector Público →
Línea Temporal del Expediente
- Publicación
- 29 de octubre de 2025
- Límite de Presentación
- 26 de septiembre de 2025
- Adjudicación
- 15 de octubre de 2025 a las 0:00
- Formalización del Contrato
- 29 de octubre de 2025
- Inicio de Ejecución
- 28 de octubre de 2025
- Fin de Ejecución
- 15 de diciembre de 2025
- Última Actualización
- 29 de octubre de 2025
Criterios, Condiciones y Resolución
- Criterios de Adjudicación
- OBJMejora del plazo de duración de la campaña20%OBJOptimización del calendario de impactos en función de la estacionalidad turística20%OBJAmpliación del número de soportes o formatos ofrecidos en las ubicaciones previstas.20%OBJInclusión de ubicaciones complementarias de alta visibilidad sin coste adicional20%OBJIncorporación de acciones digitales o elementos de refuerzo visual asociados20%
- Resolución de Adjudicación
La empresa Global Media & Entertainment S.A.U. (CIF A-79816690) (y sociedades del grupo) ostenta en exclusiva la explotación publicitaria en los entornos objeto de la campaña, entre otros: ADIF y ADIF-AV (Atocha, Santa Justa, Sants, María Zambrano, Córdoba, Granada), EMT Madrid, Metro de Barcelona/TMB y red de autobuses TMB y, en Reino Unido, DLR Prince Regent (Transport for London (TfL)) durante WTM. Lo que justifica el procedimiento del art. 168.a).2º de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de contratos del sector público, que establece: “cuando las obras, los suministros o los servicios solo puedan encomendarse a un empresario determinado, por alguna de las siguientes razones: que el contrato tenga por objeto la creación o adquisición de una obra de arte o representación artística única no integrante en el Patrimonio Histórico Español; que no exista competencia por razones técnicas; o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial”.
Empresa Adjudicataria
A79816690
📍 Madrid, ES300
Órgano de Contratación
Análisis de Riesgo
Nivel: Bajo
Señales Detectadas
Score calculado automáticamente. Las señales son indicios para revisión humana, no un veredicto.
Metadatos del Registro