Importe Adjudicado
37.312,00 €
Presupuesto Base
37.312,00 €
Valor Estimado
37.312,00 €
Licitadores
1
⚠ Sin concurrencia
Datos Generales del Expediente
- Nº Expediente
- 91/2025/CMA
- Tipo de Contrato
- Servicios
- Procedimiento
- Otro
- Estado
- Resuelta
- Última Novedad
- Formalización
- Tramitación
- Ordinaria
- Duración
- —
- Subtipo de Contrato
- 27
- CPV
- 92312130
- Duración
- 4 días
- Licitadores
- 1
- Presentación de Ofertas
- Electrónica
- Ofertas de PYMEs
- —
- Oferta más baja
- 37.312,00 €
- Oferta más alta
- 37.312,00 €
- Medios de Publicación
- Perfil del contratante
- Financiación UE
- No
- Fuente Original (PLACSP)
- Ver expediente en la Plataforma de Contratación del Sector Público →
Línea Temporal del Expediente
- Publicación
- 28 de marzo de 2025
- Límite de Presentación
- 11 de abril de 2025
- Adjudicación
- 14 de abril de 2025 a las 0:00
- Formalización del Contrato
- 14 de abril de 2025
- Última Actualización
- 15 de abril de 2025
Criterios, Condiciones y Resolución
- Criterios de Adjudicación
- OBJPRECIO100%
- Condiciones de Ejecución
- • Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer
- Resolución de Adjudicación
ADJUDICAR el contrato denominado “Acompañamiento musical de las procesiones de la Semana Santa 2025” (EXPTE. Nº 91/2025/CMA) a la mercantil ASOC. CULTURAL BANDA DE MUSICA Y ORQUESTA SINFONICA "C.M” con CIF G29959145por ser el licitador que ha presentado la oferta más económica y que se ajusta a los criterios bases para la adjudicación que se establecen en el PCAP que rige en el expediente.
Documentos (5)
Pliego_Administrativo__1_firma_.pdf
Pliego Administrativo · versión 1 · 28 de marzo de 2025 a las 15:47
Pliego_de_Prescripciones_Tecnicas__1_firma_.pdf
Pliego Técnico · versión 1 · 28 de marzo de 2025 a las 15:47
Firma de Contrato de Formalización
Documento · versión 1 · 14 de abril de 2025 a las 12:07
Empresa Adjudicataria
Órgano de Contratación
Consejería de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla
Análisis de Riesgo
Nivel: Bajo
Señales Detectadas
Score calculado automáticamente. Las señales son indicios para revisión humana, no un veredicto.
Metadatos del Registro